El 6 de
septiembre de 2021 el Juzgado Multifueros de la provincia de Chaco dictó una
sentencia ejemplar, que ilustra muy bien el concepto y la importancia de los
derechos lingüísticos.
La plataforma
fáctica era la siguiente: una niña wichí necesitaba someterse a una intervención
quirúrgica de alta complejidad urgentemente para salvar su vida. La progenitora
y su pareja solo hablan wichí. Si bien la niña había tenido problemas de salud
desde una edad muy temprana, su familia no había podido acceder a la
información relativa a su cuadro clínico de forma precisa, suficiente y clara
por desconocer el idioma español.
Así fue que se
inició el expediente número 156/21JF, caratulado «Hospital Pediátrico Avelino
Castelán s/ medida autosatisfactiva», para obtener una autorización judicial
para salvaguardar el derecho a la salud y a la vida de la niña debido a la
negativa de su familia a llevar a cabo el tratamiento.
En el análisis de
la causa, el juzgado comprobó que, en realidad, lo que sucedía era que la
familia de la niña no comprendía la gravedad de la situación por las barreras comunicacionales
propias del desconocimiento del español, sumado a una grave carencia de
recursos.
Ante esta extrema
vulnerabilidad, se ordenó la asistencia permanente de un perito traductor e
intérprete de lengua wichí para sortear estas barreras idiomáticas y garantizar
el acceso a la información de forma ininterrumpida. Este decisorio se fundó en
el art. 12 del Convenio Nro. 169 de la OIT, el art. 13 de la Declaración de las
Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y el Capítulo II
Sección 3 de las Cien Reglas de Brasilia, entre otras normas locales.
Accedé al texto
completo del fallo haciendo clic aquí (gentileza de Escuela Procesal del Nordeste).