Es probable que
hayas escuchado hablar de la figura de la traductora pública pero quizá no
sepas bien de qué se trata su trabajo. Sucede que muchas personas recién se
enteran de su existencia cuando necesitan contratar sus servicios. Ante este
desconocimiento, se generan mitos e interpretaciones erróneas de nuestra labor
profesional.
Te invitamos a
seguir leyendo para conocer tres de estos mitos y desmitificarlos conociendo su
realidad.
¡Falso! Cualquier
tipo de texto (sea jurídico, médico, técnico, veterinario, comercial, etc.)
puede traducirse con formato de traducción pública.
El carácter
público está dado por las formalidades que reviste la traducción y la
intervención de una profesional matriculada que coloca su firma al final del
documento. No importa el tipo de texto fuente en cuestión. Siempre podrá
hacerse con formato de traducción pública.
¡Falso! Solo
pueden hacer traducciones públicas quienes se hayan graduado de la carrera de
traductorado público y posean matrícula habilitante; es decir, aquellas
personas que se hayan inscripto en el Colegio de Traductores Públicos.
No pueden matricularse
quienes se hayan graduado de otros traductorados que no sean el público (p.
ej., técnico-científico o literario).
¡Falso! Ambas
tienen la misma validez y seguridad jurídica. Sin embargo, hay muy pocos
lugares que solo aceptan presentaciones en papel. Siempre tenés que averiguar
qué método(s) aceptan en el lugar de destino de la traducción antes de realizar
el encargo.
Si necesitás una traducción
pública, confiá en profesionales matriculadas. Innova Translations te acerca
una solución integral con la mejor atención: info@innovatranslations.com.
¡También podés enviarnos
un WhatsApp con el botón que figura en la parte derecha inferior de tu
pantalla! Aguardamos tu consulta.